Información sobre Bonificaciones:
Esta acción formativa es susceptible ser bonificada por la Fundación Tripartita siempre y cuando el alumno cumpla
los siguientes requisitos establecidos en la normativa que lo regula (Real Decreto 395/2007,
de 23 de marzo, y la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio) y que son los siguientes:
- Que el alumno esté contratado en la empresa en Régimen General (los autónomos y funcionarios NO son bonificables)
- Que la empresa no tenga deudas ante la Seguridad Social ni ante Hacienda
- Que la empresa disponga de crédito para la formación de los trabajadores
- Realizar a un mínimo del 75 % de las horas del curso
- Haber remitido la ficha de inscripción del alumno y la ficha de adhesión de la empresa a la que pertenece debidamente cumplimentadas
para gestionar la bonificación, con CINCO DÍAS DE ANTELACIÓN AL INICIO DEL CURSO a gestiontripartita@thomsonreuters.com o por fax al 947 24 50 71
Con esta información Thomson Reuters Aranzadi se encargará de realizar de forma gratuita todas las gestiones con la Fundación a través de JURISOFT.
La Fundación Tripartita participa en la gestión de las ayudas para financiar las
acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a empresas y trabajadores
pero, en ningún caso, las organiza ni las imparte.